Modo Pruebas Técnicas / Beta: usa datos de prueba, no expedirás facturas reales. El canal de remisión de registros está configurado para el entorno oficial de pruebas de la AEAT (prewww2.aeat.es).
FactuTapModo Pruebas Técnicas / Beta

Declaración responsable del productor

Art. 13 del Real Decreto 1007/2023 (Reglamento de los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos de facturación).

Esta declaración está preparada para la versión 0.1.0-beta de FactuTap y NO está firmada ni presentada.

La declaración responsable del productor debe prepararse y publicarse siguiendo el modelo e instrucciones oficiales de la AEAT antes de la puesta a disposición comercial del sistema. La declaración responsable no es una homologación ni una certificación de la AEAT, y FactuTap no la describe como tal.

Datos del productor

  • Productor: pendiente de cumplimentar (nombre/razón social y NIF)
  • Domicilio y contacto: pendiente de cumplimentar

Identificación del producto

  • Producto: FactuTap — micro-facturador para autónomos y micropymes.
  • Versión: 0.1.0-beta (fase de pruebas, datos de prueba).
  • Tipología: sistema informático de facturación en desarrollo, modalidad VERI*FACTU (remisión de registros a la AEAT), no comercializado.
  • Entorno: aplicación web (Next.js) con base de datos PostgreSQL gestionada.

Funcionalidades cubiertas por la versión

  • Registro de facturación de alta por factura expedida, con huella SHA-256 y encadenamiento conforme al algoritmo oficial de la AEAT.
  • Registros de anulación asociados a facturas rectificativas (art. 15 RD 1619/2012).
  • Inalterabilidad de los registros expedidos (append-only) con corrección solo vía rectificativa.
  • QR de cotejo con la URL oficial de la AEAT y menciones reglamentarias.
  • IVA e IGIC, factura completa y simplificada, menciones especiales.
  • Conservación accesible de facturas y registros, con exportación legible.

Declaración

Que el sistema informático de facturación identificado arriba, en la versión indicada, se ajusta a las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido establecidas en el Real Decreto 1007/2023 y en la Orden HAC/1177/2024 para el alcance declarado, y que el productor asume las obligaciones que le corresponden conforme a dicha normativa.

La remisión real de los registros de facturación a la AEAT está pendiente de la disponibilidad del canal oficial (WSDL) y del certificado electrónico correspondiente; esta circunstancia se hará constar en la declaración definitiva para la versión que se comercialice.

Aviso sobre la línea normativa B2B

La factura electrónica estructurada obligatoria entre empresarios y profesionales (Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026) es una obligación distinta de VERI*FACTU. El PDF generado por FactuTap no es una factura electrónica estructurada. Las fechas de referencia de aplicación son el 6 de octubre de 2027 y el 6 de octubre de 2028, y están registradas como revisión normativa pendiente.